Agricultura
Cobertura
Se cubren los daños ocasionados por heladas (temperaturas por debajo de 0°C) en los cultivos asegurados.
Capital Asegurado
Corresponde a todos los gastos de producción del cultivos, tales como laboreo , siembra, fertilización, fumigaciones, cosecha, etc.
Cobertura
Se cubren los daños ocasionados por vientos superiores a los 80km/h en los cultivos asegurados.
Capital Asegurado
Corresponde a todos los gastos de producción del cultivos, tales como laboreo, siembra, fertilización, fumigaciones, cosecha, etc.
Cobertura
Se ampara a los cultivos asegurados cuando el grano esta apto para ser trillado (según los parámetros fisiológicos y de humedad) y las condiciones del suelo no permiten la cosecha.
Capital Asegurado
Corresponde a todos los gastos de producción del cultivos, tales como laboreo,siembra, fertilización, fumigaciones, cosecha, etc.
Cobertura
Cuando se hayan contratado el riesgo granizo e incendio y los adicionales de heladas y vientos, y se pierda la siembra como consecuencia de alguno de estos riesgos o también por lluvias abundantes que provoquen encostramiento del suelo o arrastre de la semilla, se indemnizará lo que se denomina costos de resiembra.
Capital Asegurado
El capital máximo a indemnizar será el 30% del monto contratado para granizo e incendio.
El Seguro de Índice para Sequía en Soja es un adicional del Seguro de Granizo, y se puede contratar hasta el 31 de octubre.
Indemnización:
- 30% del capital asegurado cuando el Índice PAD es menor a 20% durante dos períodos consecutivos de 10 días.
- 50% del capital asegurado cuando el Índice PAD es menor a 20% durante tres períodos consecutivos de 10 días.
- 25% del capital asegurado cuando el índice PAD es menor al 30% durante tres períodos consecutivos de 10 días o con al menos uno de ellos con índice PAD menor al 20%.
Los capitales no se suman siendo el máximo de indemnización del 50%.
Dos opciones de contratación:
- Período 1 : Registro del Índice entre el 21/1 y el 28/2
- Período 2: Registro del Índice entre el 11/2 y el 20/3
- Denunciar el evento en un plazo máximo de 96 hs desde su ocurrencia, a través de Teleservicios BSE 1994 o en nuestras sucursales y agencias de todo el país.
- De forma opcional y siempre que sea posible, obtener fotos representativas del daño.
- En caso de que sea indispensable cosechar, se deben conservar parcelas testigos de acuerdo al siguiente detalle:
- Para cultivos agrícolas, una superficie determinada por el ancho de la cosechadora y 40 metros de largo. Estas muestras deben distribuirse homogéneamente en el terreno, con proporcionalidad de 1 cada 10 hectáreas.
- Para cultivos hortícolas conservar muestras de 5 plantas, ubicadas una en el centro de cada cuadro y las demás en los vértices. Este procedimiento debe repetirse para cada cultivo o variedad del mismo.
- En frutales, es necesario dejar 5 ejemplares sin cosechar por cada cuadro siniestrado, ubicado uno en el centro y los otros en los vértices
GRANIZO, con respecto a la cobertura de resiembra
- Denunciar el evento en un plazo máximo de 10 días desde su ocurrencia, a través de Teleservicios BSE 1994 o en nuestras sucursales y agencias de todo el país.
- De forma opcional y siempre que sea posible, obtener fotos representativas del daño.
- Los costos de resiembra que se indemnizan disminuyen el capital asegurado por hectárea.